Estados Unidos sigue siendo uno de los centros de negocios más dinámicos del mundo, atrayendo empresas y talento a nivel global. Con su economía sólida, sectores tecnológicos y de investigación líderes y una escena vibrante de startups, muchos empleadores buscan contratar a nacionales extranjeros calificados o transferir empleados existentes a los EE. UU. para impulsar el crecimiento. Sin embargo, la ley de inmigración de EE. UU. es compleja y está en constante evolución.
Las empresas que pasan por alto los requisitos de visas corren el riesgo de consecuencias graves: los trabajadores extranjeros que aceptan empleo no autorizado pueden enfrentarse a multas, prisión y deportación, mientras que los empleadores que violan las reglas de autorización de trabajo pueden incurrir en sanciones importantes o perder la capacidad de patrocinar visas. Por estas razones, es fundamental que cualquier empleador que contrate o traslade personal internacional comprenda los requisitos de inmigración y autorización de trabajo en EE. UU. de antemano.
Más allá del cumplimiento, obtener la visa adecuada para EE. UU. ayuda a garantizar que una nueva contratación pueda comenzar a trabajar sin obstáculos y permanecer legalmente empleada a largo plazo. Con la preparación adecuada, los empleadores pueden evitar retrasos y multas, y brindar a los empleados internacionales un buen comienzo. Esta guía cubre lo esencial sobre la autorización de trabajo en EE. UU., incluyendo quién necesita una visa, tipos de visas, obligaciones del empleador y mejores prácticas para la relocalización.
¿Quién Necesita una Visa o Permiso de Trabajo en EE. UU.?
Primero, es crucial entender quién debe tener autorización para trabajar en EE. UU. Los ciudadan@s estadounidenses (por nacimiento o naturalización) tienen derecho ilimitado a trabajar, al igual que los residentes permanentes legales (titulares de Green Card) con una Green Card válida como prueba de su estatus. En contraste, prácticamente todos los demás nacionales extranjeros necesitan autorización explícita para trabajar.
Esto significa poseer ya sea una visa de trabajo adecuada en EE. UU. o un Documento de Autorización de Empleo (EAD) emitido por USCIS. Por ejemplo, alguien con una visa de no inmigrante temporal (como H-1B o L-1) solo puede trabajar si su empleador tiene una petición válida y la visa está aprobada. Los titulares de visas dependientes (H-4, L-2) pueden, en ocasiones, obtener un EAD para trabajar, pero solo tras recibirlo.
De manera similar, los estudiantes con visa F-1 generalmente no pueden trabajar salvo mediante la Optional Practical Training (OPT), que requiere aprobación separada. En la práctica, cualquier empleado que no sea ciudadano estadounidense o titular de Green Card debe ser patrocinado para una visa de trabajo en EE. UU. o poseer otro estatus autorizado antes de comenzar cualquier trabajo, incluso a tiempo parcial. La ley de EE. UU. prohíbe trabajar con una visa de turista o sin la autorización adecuada, lo que puede acarrear sanciones considerables.
Los empleadores en EE. UU. deben verificar la autorización de trabajo de cada nueva contratación llenando el Formulario I-9, revisando los documentos de identidad y elegibilidad para empleo (por ejemplo, pasaporte, Green Card, EAD). No completar correctamente la verificación del I-9 o contratar a conciencia trabajadores no autorizados viola la Ley de Reforma y Control de la Inmigración (IRCA) y puede resultar en multas, sanciones penales y la exclusión de contratos gubernamentales.
USCIS enfatiza que los empleadores deben verificar la identidad y autorización de cada nuevo empleado sin discriminación por ciudadanía u origen nacional. Muchas empresas usan E-Verify, un sistema electrónico de verificación del I-9, especialmente en programas STEM OPT donde la participación es obligatoria. En esencia, si el trabajador no es ciudadano o residente permanente, el empleador en EE. UU. debe gestionar una visa laboral calificada o permisos antes de que comience la relación laboral.
Resumen Sobre las Principales Tipologías de Visa en EE. UU. Que Deben Conocer los Empleadores
EE. UU. ofrece numerosas categorías de visa para empleo, pero los empleadores suelen utilizar algunas clasificaciones seleccionadas según el rol del trabajador y su nacionalidad. Esta sección ofrece un panorama de las principales visas relevantes para contratar o transferir empleados extranjeros.
Todas las visas que se describen generalmente requieren patrocinio del empleador en EE. UU., salvo indicación contraria.
H-1B Visa para Ocupaciones Especializadas en EE. UU.
La visa H-1B de no inmigrante es para profesionales en ocupaciones especializadas que requieren al menos un título universitario (o equivalente) en un campo específico. Las ocupaciones comunes para H-1B incluyen ingenieros, especialistas en TI, científicos, docentes y contadores. El empleador en EE. UU. debe presentar una petición I-129 junto con una Labor Condition Application (LCA) para el puesto.
Si se aprueba, la visa en EE. UU. se concede inicialmente por hasta tres años y puede extenderse otros tres, llegando a un máximo de seis años. Las extensiones más allá de seis años son a menudo posibles si hay una solicitud de Green Card en curso. La H-1B tiene "doble intención", permitiendo que el trabajador busque la residencia permanente simultáneamente. Sin embargo, las visas H-1B están sujetas a un límite anual, y la mayoría de los empleadores deben participar en una lotería cada año para contratar nuevos H-1B.
Visa L-1 para Transferencias Intracorporativas en EE. UU.
La visa L-1 en EE. UU. permite a las empresas transferir empleados existentes a EE. UU. Tiene dos subtipos: L-1A para ejecutivos y gerentes, y L-1B para empleados con conocimientos especializados sobre los productos o procesos de la empresa. Para calificar, el empleado debe haber trabajado para la empresa (o una afiliada) fuera de EE. UU. durante al menos un año continuo en los últimos tres años.
La L-1A aplica a quienes dirigen la organización o un departamento, mientras que la L-1B cubre a quienes poseen conocimientos avanzados o propietarios sobre las operaciones de la empresa. La solicitud la realiza el empleador mediante una petición I-129 en nombre del empleado. La apertura de una nueva oficina tiene requisitos adicionales, como espacio físico y plan de negocios. La autorización inicial para L-1A es de hasta tres años y puede extenderse hasta un total de siete años; L-1B también inicialmente es de tres años, pero renovable solo hasta cinco años en total. Las parejas de los trabajadores L-1 (L-2) pueden solicitar autorización de trabajo en EE. UU. por separado. La principal responsabilidad del empleador es demostrar la relación corporativa y que el empleado desempeñará el rol reclamado.
Visa O-1 para Personas de Capacidad Extraordinaria en EE. UU.
La visa O-1 en EE. UU. está destinada a personas que poseen una "capacidad extraordinaria" o logros destacados. Incluye O-1A para científicos, educadores, empresarios y atletas, y O-1B para artes, entretenimiento o cine/TV. Un empleador o representante debe presentar una petición I-129 demostrando el reconocimiento nacional o internacional sostenido de la persona, mediante premios, publicaciones, contribuciones importantes, altos salarios o membresía en asociaciones exclusivas.
La visa se concede en períodos de hasta uno o tres años, generalmente con otorgamientos iniciales de tres años y posibles extensiones de un año. La O-1 es específica para empleador (o agente), requiere documentación sólida y suele ser más selectiva, pero no tiene tope anual.
Visa TN para Profesionales bajo USMCA en EE. UU.
Bajo el acuerdo comercial USMCA (antes NAFTA), ciudadanos canadienses y mexicanos en ciertas ocupaciones profesionales pueden obtener la condición de TN en EE. UU. Las profesiones elegibles incluyen contadores, ingenieros, abogados, farmacéuticos, científicos y docentes. Para calificar, el solicitante debe ser ciudadano de Canadá o México, contar con un título universitario o credenciales apropiadas y tener una oferta de trabajo de tiempo completo o parcial en EE. UU.
Los ciudadanos canadienses solicitan la condición TN en un puerto de entrada en EE. UU. sin necesidad de visa sellada, mientras que los mexicanos la solicitan en un consulado estadounidense. La condición TN se otorga en incrementos de hasta tres años y puede renovarse indefinidamente. El empleador en EE. UU. debe demostrar que el trabajo corresponde a un rol profesional aprobado por USMCA y proporcionar una carta de empleo detallada.
Visa E-2 para Inversionistas y Empleados bajo Tratado en EE. UU.
La visa E-2 en EE. UU. es para inversionistas y empleados de empresas de países con tratado. Si un empresario o inversionista extranjero de un país con tratado realiza una inversión sustancial en un negocio en EE. UU., puede obtener la condición E-2. En extensión, empleados esenciales de esa empresa, también del país con tratado, pueden obtener visas E-2 para trabajar en ella.
Los requisitos clave incluyen nacionalidad del país con tratado, inversión sustancial en una empresa real con fines de lucro (suficiente para operar, no solo para sobrevivir) y la intención de dirigir o desarrollar el negocio. No hay un monto mínimo establecido, pero debe ser proporcional al tipo de negocio y suficiente para el éxito. Las visas E-2 se otorgan en períodos de hasta dos años y pueden renovarse indefinidamente mientras la empresa opere.
OPT (Optional Practical Training) para Estudiantes en EE. UU.
Los estudiantes internacionales en EE. UU. con visas F-1 pueden trabajar en su campo de estudio por un tiempo limitado tras graduarse. A través del OPT, un estudiante calificado puede obtener hasta 12 meses de autorización para trabajar en EE. UU. relacionada con su especialización. En ciertos campos STEM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas), existe una extensión única de 24 meses, sumando hasta 36 meses de OPT.
Mientras que la autorización OPT se concede al estudiante, el empleador tiene obligaciones mínimas además de tratar al trabajador OPT como a cualquier otro empleado. Para STEM OPT, el empleador debe usar el sistema E-Verify y apoyar un plan de capacitación (I-983). Los estudiantes no pueden usar OPT para trabajos no relacionados y el OPT pre-completo se limita a trabajo a tiempo parcial durante los estudios.
Visa J-1 para Visiting Scholars y Programas de Intercambio en EE. UU.
La visa J-1 en EE. UU. cubre programas de intercambio gestionados por patrocinadores designados por el gobierno, incluyendo pasantías, capacitaciones, investigadores, profesores y médicos (entrenamiento médico). Cada categoría tiene requisitos específicos de elegibilidad y patrocinio; generalmente, el beneficiario debe participar en un programa aprobado con un patrocinador en EE. UU., y el trabajo está limitado a los términos del programa.
Por ejemplo, un investigador J-1 puede enseñar o realizar investigación en una universidad, mientras que un pasante J-1 trabaja en un programa de capacitación. Las visas J-1 suelen ser válidas por la duración del programa indicada en el formulario DS-2019. Nota importante: algunas categorías J-1 imponen un requisito de residencia en el país de origen por dos años. Estos visitantes de intercambio deben regresar a su país durante dos años antes de cambiar de estatus o solicitar ciertas visas, salvo que obtengan una exención. Los empleadores deben verificar este requisito, ya que afecta futuras gestiones de patrocinio.
Green Cards por Empleo (Residencia Permanente) en EE. UU.
Para un empleado extranjero destinado a formar parte permanente de tu fuerza laboral en EE. UU., considera patrocinar una Green Card. Las rutas más comunes son las categorías EB-2 y EB-3. EB-2 es para profesionales con títulos avanzados o personas de capacidades excepcionales, mientras que EB-3 abarca profesionales con al menos un título universitario y trabajadores calificados con al menos 2 años de capacitación.
Es crucial destacar que tanto EB-2 como EB-3 (sin una Exención por Interés Nacional) requieren una certificación laboral PERM del Departamento de Trabajo de EE. UU. (DOL). Esto prueba que no hay trabajadores estadounidenses calificados disponibles y que contratar a un extranjero no perjudicará los salarios o condiciones laborales en EE. UU. Tras la certificación PERM, el empleador presenta la petición de inmigrante I-140 ante USCIS. Las visas permanentes en EE. UU. son limitadas en número, lo que genera largos tiempos de espera para algunos extranjeros.
Requisitos de Elegibilidad y Responsabilidades del Empleador en EE. UU.
Esta sección describe los requisitos tanto para los empleadores estadounidenses como para los empleados en relación con las visas laborales principales en EE. UU. Destacamos los formularios de petición y las obligaciones salariales/en pago cuando corresponda.
Requisitos de la Visa H-1B para Empleadores en EE. UU.
Para calificar para una visa H-1B en EE. UU., el trabajo debe ser una "ocupación especializada" que requiera al menos un título universitario (o equivalente) en un campo específico. El empleado extranjero debe tener al menos un título universitario estadounidense o equivalente en esa especialidad. El empleador debe obtener una solicitud de condición laboral certificada (LCA) del DOL (Formulario ETA-9035) antes de presentar la petición I-129 ante USCIS.
La LCA requiere que el empleador hable de pagar al trabajador H-1B al menos el salario prevaleciente o el salario real del empleador para trabajos similares. La petición I-129, junto con la LCA, se presenta por parte del empleador a USCIS, incluyendo tarifas y documentos de respaldo que acrediten las credenciales del empleado y la oferta laboral. Una vez aprobada, el trabajador extranjero puede solicitar la visa H-1B en un consulado o cambiar de estatus si ya está en EE. UU.
Los empleadores en EE. UU. patrocinadores de H-1B deben cumplir requisitos de publicación, notificación a su plantilla sobre la presentación de la LCA y mantener un archivo de acceso público con la LCA certificada, detalles salariales y prueba de notificaciones. No pagar el salario requerido o no mantener registros puede acarrear sanciones del DOL y sanciones de USCIS.
Requisitos para la Visa L-1 en EE. UU. (Transferencias Intracorporativas)
Para una visa L-1A (gestor/ejecutivo) o L-1B (conocimiento especializado), el empleador debe primero demostrar una relación corporativa calificada entre las entidades en EE. UU. y en el extranjero. El empleador extranjero debe estar realizando actividades comerciales en ambos países. El empleado debe haber trabajado durante al menos un año continuo para esa entidad extranjera en los últimos tres años.
No se requiere una LCA para L-1; el empleador presenta una petición I-129 especificando la categoría. La petición debe documentar las funciones laborales y el rol previo en el extranjero. La L-1A requiere funciones gerenciales o directivas y puede permitir una estancia de hasta 7 años, mientras que la L-1B, que requiere conocimientos especializados, permite hasta 5 años en total. Las parejas de los titulares L-1 (L-2) pueden solicitar autorización de trabajo en EE. UU. por separado. La responsabilidad principal del empleador es demostrar el vínculo corporativo y que el empleado cumplirá con el rol reclamado.
Requisitos para la Visa O-1 de Capacidad Extraordinaria en EE. UU.
Para la visa O-1 en EE. UU., el empleador (o agente) debe presentar el Formulario I-129 ante USCIS, incluyendo evidencia sustancial de la "capacidad extraordinaria" del empleado en su campo. La evidencia puede incluir premios, publicaciones, cobertura mediática, contribuciones originales, altas remuneraciones o membresía en organizaciones exclusivas.
Por lo general, se requiere una carta de consulta de un grupo de pares o organización laboral relevante. No se requiere una LCA ni un salario específico, pero la petición debe detallar las condiciones de empleo. USCIS recomienda presentar al menos con 45 días de anticipación. Si se aprueba, el empleador debe cumplir con los términos laborales; cualquier cambio material en el empleo requiere una enmienda.
Requisitos para Profesionales bajo USMCA (TN) en EE. UU.
Para profesionales bajo el sistema TN (USMCA) en EE. UU., el empleador debe proporcionar una carta detallada que describa el puesto y confirme que encaja en una ocupación profesional aprobada bajo USMCA. El empleado debe ser ciudadano de Canadá o México, cumplir con requisitos de educación o licencias y contar con una oferta de empleo en EE. UU. a tiempo completo o parcial.
Los solicitantes canadienses en TN aplican en frontera presentando la carta del empleador, credenciales y prueba de ciudadanía, sin necesidad de visa sellada. Los mexicanos aplican en un consulado estadounidense. No hay límite en renovaciones, pero el estatus TN solo es válido para trabajo profesional; no se permite autoempleo. Los empleadores tienen papeleo mínimo más allá de la carta de apoyo, asegurando que el puesto realmente encaje en la categoría TN.
Requisitos para Inversionistas y Empleados bajo Tratado E-2 en EE. UU.
Si un empleador (o empresario) busca ingresar con una visa E-2 en EE. UU., los elementos clave son inversión y condición de país con tratado. El empleador (o inversionista) debe demostrar ciudadanía en un país con tratado y que ha realizado una inversión sustancial en una empresa auténtica con fines de lucro en EE. UU. "Sustancial" significa suficiente para garantizar el éxito comercial y suele ser una inversión grande, comprometida y difícil de retirar.
La empresa debe ser real y no marginal, capaz de generar ingresos por encima del salario mínimo. En la petición, el empleador debe documentar la fuente y destino de los fondos y describir el rol del empleado (generalmente en roles ejecutivos, gerenciales o con habilidades esenciales). No hay un salario mínimo DOL para E-2, pero el empleado debe venir a trabajar en funciones ejecutivas o especializadas relacionadas con la inversión.
Requisitos de la Visa OPT (Trabajo Estudiantil) en EE. UU.
Para OPT (Optional Practical Training) en EE. UU. para estudiantes, el papel del empleador es en gran medida pasivo. Un estudiante con visa F-1 aprobado en OPT puede trabajar en su campo de estudio en cualquier empleador en EE. UU. El empleador debe verificar el Documento de Autorización de Empleo OPT (EAD) y asegurarse de que el trabajo esté relacionado con la carrera.
Para OPT estándar (12 meses), no hay formularios ni tarifas especiales para el empleador. Para la extensión STEM (24 meses), el empleador debe estar inscr
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