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Impuestos en Chile

399 EURpor empleado/mes

Learn about tax regulations for employers and employees in Chile

Updated on April 27, 2025

Navegar por las complejidades de los impuestos sobre la nómina y el empleo es un aspecto crítico de operar en cualquier país, y Chile presenta su propio marco específico que los empleadores deben entender. El sistema tributario chileno, supervisado principalmente por el Servicio de Impuestos Internos (SII), requiere un cumplimiento diligente tanto de entidades locales como extranjeras que emplean a individuos dentro del país. Los empleadores son responsables de calcular, retener y remitir diversos impuestos y contribuciones a la seguridad social en nombre de sus empleados.

Comprender estas obligaciones es esencial para garantizar el cumplimiento legal, evitar sanciones y mantener operaciones fluidas. Esto incluye entender las particularidades de las contribuciones a la seguridad social, la retención del impuesto a la renta, las deducciones disponibles para los empleados y los procedimientos y plazos de reporte necesarios.

Obligaciones del empleador en seguridad social y impuestos sobre la nómina

Los empleadores en Chile son responsables de contribuir a varios fondos de seguridad social en nombre de sus empleados. Estas contribuciones cubren pensiones, seguro de salud, seguro de cesantía y seguro de accidentes laborales y enfermedades profesionales. La base de cálculo para estas contribuciones suele ser el salario bruto mensual del empleado, hasta un límite máximo legal (tope imponible), que se ajusta anualmente.

Las contribuciones clave del empleador incluyen:

  • Fondo de Pensiones (AFP): Aunque la mayor parte de la contribución de pensiones corre por cuenta del empleado (alrededor del 10% más una comisión), los empleadores pueden tener un pequeño costo administrativo dependiendo de la AFP específica.
  • Seguro de Salud (FONASA o ISAPRE): Los empleados contribuyen con un 7% de su salario bruto. Los empleadores no suelen hacer una contribución separada para salud, pero deben asegurar que la contribución del empleado sea retenida y pagada correctamente.
  • Seguro de Cesantía: Es una contribución compartida. Para empleados con contratos indefinidos, el empleador aporta un 2.4% del salario mensual, y el empleado un 0.6%. Para contratos a plazo fijo, el empleador aporta un 3% y el empleado 0%.
  • Seguro de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales (Mutual de Seguridad): La responsabilidad de esta contribución recae únicamente en el empleador. La tasa varía según la actividad económica de la empresa y el nivel de riesgo, típicamente entre 0.95% y más del 3%.

Estas contribuciones se calculan mensualmente en función del salario gravado del empleado hasta el límite máximo asegurado.

Requisitos de retención del impuesto a la renta

Los empleadores deben retener el Impuesto Único de Segunda Categoría de los salarios mensuales de sus empleados. Este es un impuesto progresivo aplicado a los ingresos derivados del trabajo dependiente. El impuesto se calcula sobre el salario bruto mensual del empleado después de deducir las contribuciones obligatorias a la seguridad social (pensiones, salud y cesantía).

Las tasas impositivas se aplican según tramos de ingresos, que se expresan en Unidades Tributarias Mensuales (UTM). El valor de la UTM se ajusta mensualmente según la inflación. La tabla de impuestos para 2025 (basada en la estructura actual y valores proyectados) generalmente seguiría una estructura progresiva:

Ingreso Gravado Mensual (en UTM) Tasa de Impuesto Deducción (en UTM)
Hasta ~13.5 UTM 0% 0
> ~13.5 UTM a ~30 UTM ~4% Cantidad Fija
> ~30 UTM a ~50 UTM ~8% Cantidad Fija
> ~50 UTM a ~70 UTM ~13.5% Cantidad Fija
> ~70 UTM a ~90 UTM ~23% Cantidad Fija
> ~90 UTM a ~120 UTM ~30.4% Cantidad Fija
Sobre ~120 UTM ~35% Cantidad Fija

Nota: Los umbrales, tasas y montos de deducción específicos están sujetos a ajustes anuales y publicación oficial para 2025.

Los empleadores deben calcular el monto correcto del impuesto en función del ingreso gravado mensual del empleado y del tramo impositivo correspondiente, y retener este monto del salario neto pagado al empleado.

Deducciones y asignaciones para empleados

Los empleados en Chile pueden beneficiarse de ciertas deducciones y asignaciones que reducen su ingreso gravable para el cálculo del Impuesto Único de Segunda Categoría. Las principales deducciones son las contribuciones obligatorias a la seguridad social:

  • Fondo de Pensiones (AFP): Aproximadamente el 10% del salario bruto más la comisión de la AFP.
  • Seguro de Salud (FONASA o ISAPRE): 7% del salario bruto.
  • Seguro de Cesantía: 0.6% del salario bruto para contratos indefinidos.

Estas contribuciones obligatorias se deducen del salario bruto antes de calcular la base gravable para el impuesto a la renta.

Otras posibles deducciones o beneficios tributarios para los empleados pueden incluir:

  • Ahorros Voluntarios para la Pensión (APV): Las contribuciones a planes de ahorro voluntario para pensiones pueden ser elegibles para beneficios fiscales, ya sea como deducción de la base gravable o como crédito fiscal, dependiendo del régimen elegido.
  • Deducción de Intereses Hipotecarios: Bajo ciertas condiciones, una parte de los intereses pagados en créditos hipotecarios para la vivienda principal puede ser deducible.
  • Gastos de Educación: Existe un crédito fiscal disponible para ciertos gastos educativos de hijos dependientes.

Los empleadores son responsables de aplicar correctamente las deducciones obligatorias antes de calcular la retención del impuesto a la renta. Los empleados generalmente reclaman otras deducciones o créditos elegibles al presentar su declaración anual de impuestos personales, si corresponde.

Plazos de cumplimiento tributario y reporte

Los empleadores en Chile tienen obligaciones específicas de reporte mensual y anual relacionadas con la nómina y los impuestos. Cumplir con estos plazos es crucial para el cumplimiento.

Los requisitos clave y plazos incluyen:

  • Pagos mensuales a la seguridad social y impuestos: Los empleadores deben declarar y pagar el Impuesto Único de Segunda Categoría retenido y todas las contribuciones a la seguridad social (porciones del empleador y del empleado) antes del 13° día del mes siguiente al período de pago. Este plazo puede extenderse hasta el 20 si los pagos se realizan en línea.
  • Declaración mensual de la nómina (Formulario 1887): Los empleadores deben presentar una declaración mensual detallando los ingresos pagados y los impuestos retenidos por cada empleado. Esto generalmente se realiza electrónicamente.
  • Declaración anual de ingresos (Formulario 1887): Un resumen anual de todos los ingresos pagados y los impuestos retenidos para los empleados durante el año calendario anterior debe enviarse al SII, usualmente en marzo del año siguiente. Este formulario es utilizado por los empleados para verificar su información de ingresos al presentar su declaración de impuestos personal anual.
  • Declaración anual del empleador (Formulario 1884): Este formulario proporciona un resumen de los gastos totales de nómina de la empresa y las contribuciones fiscales y de seguridad social relacionadas.

El incumplimiento de estos plazos o reportes incorrectos puede resultar en sanciones, intereses y multas por parte de las autoridades tributarias y las instituciones de seguridad social.

Consideraciones fiscales especiales para trabajadores y empresas extranjeras

Los trabajadores y empresas extranjeras que operan en Chile enfrentan consideraciones fiscales específicas.

Para trabajadores extranjeros:

  • Estado de residencia: El tratamiento fiscal depende en gran medida del estado de residencia en Chile. Los no residentes generalmente solo tributan sobre sus ingresos de fuente chilena. Los residentes (personas que han permanecido en Chile por más de 183 días en un período de 12 meses) tributan sobre sus ingresos mundiales, aunque los residentes recién establecidos pueden beneficiarse de una exención de tres años sobre ingresos de fuente extranjera.
  • Tasa de impuesto para no residentes: Los empleados no residentes que reciben ingresos de fuentes chilenas están generalmente sujetos a una tasa fija de retención del 35% sobre sus ingresos brutos, sin los tramos progresivos del Impuesto Único de Segunda Categoría. Sin embargo, si el no residente obtiene una visa de trabajo y permanece por un período prolongado, puede convertirse en residente fiscal y estar sujeto a las reglas fiscales de residentes.
  • Seguridad social: Los trabajadores extranjeros generalmente están sujetos a las contribuciones a la seguridad social chilena, a menos que exista un acuerdo bilateral de seguridad social entre Chile y su país de origen que exima o establezca un régimen alternativo.

Para empresas extranjeras:

  • Establecimiento Permanente (EP): Las obligaciones fiscales de una empresa extranjera en Chile dependen de si se considera que tiene un Establecimiento Permanente (EP) en el país. Si existe un EP, la empresa está sujeta al impuesto sobre la renta corporativa sobre las ganancias atribuibles al EP.
  • Retenciones: Los pagos realizados por una entidad chilena (incluyendo un EP) a una empresa extranjera por servicios u otros ingresos pueden estar sujetos a retenciones en Chile, dependiendo de la naturaleza del pago y de los tratados de doble imposición aplicables.
  • Obligaciones del empleador: Si una empresa extranjera emplea directamente a personas en Chile, debe registrarse como empleador y cumplir con todas las obligaciones laborales y fiscales de nómina chilenas, incluyendo la retención del impuesto a la renta y el pago de contribuciones a la seguridad social, igual que una empresa local. Utilizar un Employer of Record puede ayudar a las empresas extranjeras a gestionar estas obligaciones locales complejas sin establecer una entidad legal o PE.
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