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Impuestos en Chile

Obligaciones fiscales detalladas

Infórmese sobre las regulaciones fiscales para empleadores y empleados en Chile

Chile taxes overview

Navegar por las complejidades de la nómina y los impuestos laborales es un aspecto fundamental para operar en cualquier país, y Chile presenta su propio marco específico que los empleadores deben entender. El sistema tributario chileno, supervisado principalmente por el Servicio de Impuestos Internos (SII), requiere un cumplimiento diligente tanto de entidades locales como extranjeras que emplean personas dentro del país. Los empleadores son responsables de calcular, retener y remitir varios impuestos y contribuciones a la seguridad social en nombre de sus empleados.

Comprender estas obligaciones es esencial para asegurar el cumplimiento legal, evitar penalizaciones y mantener operaciones fluidas. Esto incluye comprender las nuances de las contribuciones a la seguridad social, la retención del impuesto sobre la renta, las deducciones disponibles para los empleados y los procedimientos y plazos de reporte necesarios.

Obligaciones del empleador respecto a la seguridad social y impuestos sobre la nómina

Los empleadores en Chile son responsables de contribuir a varios fondos de seguridad social en nombre de sus empleados. Estas contribuciones cubren pensiones, seguro de salud, seguro por desempleo y seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La base de cálculo para estas contribuciones suele ser el sueldo bruto mensual del empleado, hasta un tope imponible legal, que se ajusta anualmente.

Las contribuciones principales del empleador incluyen:

  • Fondo de Pensiones (AFP): Aunque la mayor parte de la contribución a la pensión la asume el empleado (alrededor del 10% más una comisión), los empleadores pueden tener un pequeño costo administrativo dependiendo de la AFP específica.
  • Seguro de salud (FONASA o ISAPRE): Los empleados aportan un 7% de su sueldo bruto. Los empleadores generalmente no realizan una contribución separada para la salud, pero deben asegurarse de que la contribución del empleado sea correctamente retenida y pagada.
  • Seguro de cesantía: Es una contribución compartida. Para empleados con contratos indefinidos, el empleador aporta un 2.4% del sueldo mensual, y el empleado un 0.6%. Para contratos a término fijo, el empleador aporta un 3% y el empleado 0%.
  • Seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Mutual de Seguridad): El empleador es el único responsable de esta contribución. La tasa varía según la actividad económica y el nivel de riesgo de la empresa, generalmente entre 0.95% y más del 3%.

Estas contribuciones se calculan mensualmente en función del salario gravado del empleado hasta el máximo insurable.

Requisitos de retención del Impuesto sobre la Renta

Los empleadores deben retener el Impuesto Único de Segunda Categoría de los salarios mensuales de sus empleados. Este es un impuesto progresivo aplicado a los ingresos provenientes del trabajo dependiente. El cálculo del impuesto se realiza sobre el sueldo bruto mensual del empleado después de deducir las contribuciones obligatorias a la seguridad social (pensión, salud y seguro de cesantía).

Las tasas impositivas se aplican en función de tramos de ingreso, expresados en Unidades Tributarias Mensuales (UTM). El valor de la UTM se ajusta mensualmente según la inflación. La tabla de impuestos para 2025 (basada en la estructura actual y valores proyectados) seguiría generalmente una estructura progresiva:

Ingreso gravado mensual (en UTM) Tasa de impuesto Deducción (en UTM)
Hasta aproximadamente 13.5 UTM 0% 0
> aproximadamente 13.5 UTM hasta aproximadamente 30 UTM ~4% Cantidad fija
> aproximadamente 30 UTM hasta aproximadamente 50 UTM ~8% Cantidad fija
> aproximadamente 50 UTM hasta aproximadamente 70 UTM ~13.5% Cantidad fija
> aproximadamente 70 UTM hasta aproximadamente 90 UTM ~23% Cantidad fija
> aproximadamente 90 UTM hasta aproximadamente 120 UTM ~30.4% Cantidad fija
Más de aproximadamente 120 UTM ~35% Cantidad fija

Nota: Los umbrales exactos en UTM, las tasas y las deducciones están sujetas a ajustes anuales y publicación oficial para 2025.

Los empleadores deben calcular la cantidad correcta de impuesto en función del ingreso gravado mensual del empleado y la escala tributaria aplicable, reteniendo esta cantidad del sueldo neto pagado al empleado.

Deducciones y asignaciones de los empleados

Los empleados en Chile pueden beneficiarse de ciertas deducciones y asignaciones que reducen su ingreso gravable para el cálculo del Impuesto Único de Segunda Categoría. Las principales deducciones son las contribuciones obligatorias a la seguridad social:

  • Fondo de pensiones (AFP): Aproximadamente el 10% del sueldo bruto más la comisión de la AFP.
  • Seguro de salud (FONASA o ISAPRE): 7% del sueldo bruto.
  • Seguro de cesantía: 0.6% del sueldo bruto en contratos indefinidos.

Estas contribuciones obligatorias se descuentan del sueldo bruto antes de calcular la base gravable para el impuesto sobre la renta.

Otras posibles deducciones o beneficios fiscales para los empleados pueden incluir:

  • Ahorro voluntario para la pensión (APV): Las contribuciones a planes voluntarios de pensiones pueden ser elegibles para beneficios tributarios, ya sea como deducción de la base gravable o como crédito tributario, dependiendo del régimen escogido.
  • Deducción de intereses hipotecarios: Bajo ciertas condiciones, una parte de los intereses pagados en créditos hipotecarios para la residencia principal puede ser deducible.
  • Gastos educativos: Existe un crédito tributario disponible para ciertos gastos de educación de hijos dependientes.

Los empleadores son responsables de aplicar correctamente las deducciones obligatorias antes de calcular la retención del impuesto sobre la renta. Los empleados generalmente reclaman otras deducciones o créditos elegibles al presentar su declaración anual de impuestos personales, si corresponde.

Plazos de cumplimiento tributario y reportes

Los empleadores en Chile tienen obligaciones específicas mensuales y anuales en relación con la nómina y los impuestos. Cumplir con estos plazos es crucial para la conformidad.

Los requisitos clave de reporte y sus deadlines incluyen:

  • Pagos mensuales a la seguridad social y impuestos: Los empleadores deben declarar y pagar la retención del Impuesto Único de Segunda Categoría y todas las contribuciones a la seguridad social (partes empleador y empleado) antes del día 13 del mes siguiente al período de nómina. Este plazo puede extenderse hasta el día 20 si los pagos se realizan en línea.
  • Declaración mensual de nómina (Formulario 1887): Los empleadores deben presentar una declaración mensual detallando los ingresos pagados y impuestos retenidos por cada empleado. Esto generalmente se realiza electrónicamente.
  • Declaración anual de impuesto a la renta (Formulario 1887): Un resumen anual de todos los ingresos pagados y los impuestos retenidos para los empleados durante el año calendario anterior debe presentarse ante el SII, generalmente en marzo del año siguiente. Este formulario lo utilizan los empleados para verificar su información de ingresos al presentar su declaración de impuestos personal.
  • Declaración anual del empleador (Formulario 1884): Este formulario ofrece un resumen de los gastos totales en nómina de la empresa y las contribuciones tributarias y a la seguridad social relacionadas.

El incumplimiento de estos plazos o reportes incorrectos puede resultar en multas, intereses y sanciones por parte de las autoridades fiscales y de seguridad social.

Consideraciones fiscales especiales para trabajadores y empresas extranjeras

Los trabajadores y las empresas extranjeras que operan en Chile enfrentan consideraciones fiscales específicas.

Para trabajadores extranjeros:

  • Estado de residencia: La tributación depende en gran medida del estado de residencia en Chile. Los no residentes generalmente solo tributan por sus ingresos de fuente chilena. Los residentes (personas que han permanecido en Chile por más de 183 días en un período de 12 meses) tributan sobre sus ingresos mundiales, aunque los residentes recién establecidos pueden beneficiarse de una exención de tres años sobre ingresos de fuente extranjera.
  • Tasa de impuesto para no residentes: Los empleados no residentes que reciben ingresos de fuentes chilenas generalmente están sujetos a una retención fija del 35% sobre sus ingresos brutos, sin los tramos progresivos del Impuesto Único de Segunda Categoría. Sin embargo, si el no residente obtiene una visa de trabajo y permanece por un período prolongado, puede convertirse en residente fiscal y estar sujeto a las reglas fiscales de residente estándar.
  • Seguridad social: Los trabajadores extranjeros generalmente están sujetos a contribuciones a la seguridad social chilena, a menos que exista un acuerdo bilateral de seguridad social entre Chile y su país de origen que establezca una exención u otra modalidad.

Para empresas extranjeras:

  • Establecimiento Permanente (EP): Las obligaciones tributarias de una empresa extranjera en Chile dependen de si se la considera que tiene un Establecimiento Permanente (EP) en el país. Si existe un EP, la empresa está sujeta a impuesto de renta corporativo sobre las ganancias atribuibles al EP.
  • Retenciones: Los pagos realizados por una entidad chilena (incluyendo un EP) a una empresa extranjera por servicios u otros ingresos pueden estar sujetos a retenciones en Chile, dependiendo de la naturaleza del pago y los tratados de doble imposición aplicables.
  • Obligaciones del empleador: Si una empresa extranjera emplea directamente a personas en Chile, debe registrarse como empleador y cumplir con todas las obligaciones laborales y fiscales relacionadas con la nómina en Chile, incluyendo la retención de impuesto a la renta y el pago de contribuciones a la seguridad social, como lo haría una empresa local. La utilización de un Employer of Record puede ayudar a las empresas extranjeras a gestionar estas complejas obligaciones locales sin necesidad de establecer una entidad legal o PE.

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