Gestionar las licencias y derechos de vacaciones de los empleados es un aspecto fundamental para el cumplimiento normativo y la satisfacción de los empleados al operar en Chile. Comprender los requisitos específicos establecidos por la legislación laboral chilena es esencial para las empresas que emplean personal local, ya sea mediante presencia directa o a través de un Employer of Record. Estas regulaciones cubren diversos tipos de licencia, asegurando que los empleados reciban el tiempo libre obligatorio para descanso, enfermedad, eventos familiares y observancias nacionales.
Navegar por las complejidades de la acumulación de vacaciones, los calendarios de feriados, los procedimientos para licencias por enfermedad y los beneficios de licencia parental requiere atención cuidadosa a los detalles. La ley chilena proporciona directrices claras sobre los derechos mínimos, las obligaciones de pago y los procesos involucrados en la solicitud y aprobación de diferentes formas de licencia. Cumplir con estos estándares es clave para mantener el cumplimiento legal y fomentar una relación laboral positiva con los empleados en el país.
Licencia Anual de Vacaciones
En Chile, los empleados tienen derecho a una cantidad mínima de vacaciones anuales pagadas, conocidas como "feriado anual". Este derecho se acumula con el tiempo y es un derecho fundamental para todos los trabajadores bajo contratos de empleo estándar.
- Derecho Mínimo: Los empleados tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones anuales pagadas por año después de completar un año de servicio con el mismo empleador.
- Acumulación: El derecho a vacaciones se acumula proporcionalmente durante el primer año de servicio, pero solo puede tomarse una vez que se complete el año completo. Después del primer año, los 15 días hábiles se acumulan anualmente.
- Cálculo: Los días hábiles excluyen domingos y feriados.
- Acumulación: Los empleados pueden acumular hasta dos períodos de vacaciones anuales (30 días hábiles). Cualquier día de vacaciones que exceda este límite debe tomarse antes de que finalice el período en que se acumuló.
- Acuerdo: La fecha de las vacaciones debe acordarse entre el empleador y el empleado. Si no hay acuerdo, generalmente el empleador tiene el derecho de determinar el período, siempre que esté dentro del marco legal y el empleado haya completado el período de servicio requerido.
- Pago: El empleado debe recibir su salario habitual durante el período de vacaciones. Además, puede estipularse un bono de vacaciones ("bono de vacaciones") en acuerdos colectivos o contratos individuales, aunque no es un requisito legal.
Los empleados que trabajan en regiones con acceso difícil o condiciones climáticas específicas (Regiones XI, XII y la Provincia de Palena en la Región X) tienen derecho a 20 días hábiles de vacaciones anuales.
Feriados
Chile observa varios feriados a lo largo del año. Los empleados generalmente tienen derecho a un día libre pagado en estas fechas. Si un empleado debe trabajar en un feriado, generalmente tiene derecho a una remuneración adicional, a menudo el doble de su salario habitual, dependiendo del sector y las circunstancias específicas.
Aquí una lista de los feriados previstos en Chile para 2025:
Fecha | Nombre del Feriado |
---|---|
1 de enero | Año Nuevo |
18 de abril | Viernes Santo |
19 de abril | Sábado Santo |
1 de mayo | Día del Trabajador |
21 de mayo | Día de la Armada |
2 de junio | Batalla de Arica (Regional - Arica y Parinacota) |
29 de junio | San Pedro y San Pablo |
16 de julio | Nuestra Señora del Carmen |
15 de agosto | Asunción de la Virgen |
18 de septiembre | Día de la Independencia Nacional |
19 de septiembre | Día de las Glorias del Ejército |
20 de septiembre | "Fiestas Patrias" Holiday |
12 de octubre | Día de la Raza (Columbus Day) |
31 de octubre | Día de la Reforma |
1 de noviembre | Todos los Santos |
8 de diciembre | Inmaculada Concepción |
25 de diciembre | Navidad |
Nota: Algunos feriados pueden trasladarse a lunes si caen en fin de semana, o el gobierno puede declarar días "puente" no laborables adicionales, aunque esto no está garantizado.
Licencia por Enfermedad
Los empleados en Chile tienen derecho a licencia por enfermedad cuando no puedan trabajar debido a enfermedad o lesión. Esta licencia está respaldada por un certificado médico ("licencia médica").
- Certificación: La licencia médica debe ser certificada por un profesional médico registrado (doctor, dentista o partera). El certificado especifica la duración de la licencia.
- Pago: Durante la licencia por enfermedad, los empleados reciben un subsidio por incapacidad temporal ("subsidio por incapacidad laboral"). Este subsidio lo paga la institución de salud del empleado (FONASA, el sistema público, o una ISAPRE, un sistema privado) o la institución de seguridad social correspondiente, no directamente el empleador.
- Período de espera: Generalmente, no hay período de espera para el subsidio por licencias de más de 10 días. Para licencias de 10 días o menos, el subsidio se paga desde el cuarto día, es decir, los primeros tres días no son remunerados a menos que se estipule lo contrario en un acuerdo colectivo o contrato individual.
- Responsabilidad del empleador: La principal responsabilidad del empleador es tramitar el certificado médico y enviarlo a la institución de salud o seguridad social correspondiente dentro del plazo requerido. El empleador también debe seguir pagando las cotizaciones de seguridad social durante el período de licencia.
- Duración: La duración de la licencia por enfermedad la determina el certificado médico. Existen límites en la duración máxima de licencias continuas o acumuladas que pueden ser subsidiadas, después de lo cual puede requerirse una evaluación de discapacidad.
Licencia Parental
La ley chilena ofrece beneficios integrales de licencia parental, centrados principalmente en la licencia de maternidad, pero también incluyendo licencia de paternidad y de adopción.
- Licencia de Maternidad ("Descanso de Maternidad"):
- Consiste en 6 semanas (42 días) antes de la fecha prevista de parto y 12 semanas (84 días) después del nacimiento.
- La duración total es de 18 semanas (126 días).
- Durante este período, la empleada recibe un subsidio pagado por el sistema de seguridad social, calculado en base a sus ingresos promedio.
- Licencia Parental Postnatal ("Permiso Postnatal Parental"):
- Es una extensión de la licencia de maternidad que puede tomarse después de las 12 semanas iniciales postnatales.
- La madre tiene dos opciones:
- Tomar 12 semanas a tiempo completo, recibiendo un subsidio basado en sus ingresos promedio (con un tope).
- Tomar 18 semanas a tiempo parcial (trabajando medio día), recibiendo un subsidio por la media jornada no trabajada (con un tope).
- Esta licencia puede transferirse parcial o totalmente al padre.
- Licencia de Paternidad ("Permiso Paternal"):
- Los padres tienen derecho a 5 días hábiles de licencia pagada al nacer un hijo. Esta licencia puede tomarse de forma continua desde el día del nacimiento o distribuirse en el primer mes posterior al nacimiento.
- Esto es independiente de la posibilidad de que el padre tome la Licencia Parental Postnatal transferida por la madre.
- Licencia por Adopción:
- Los empleados que adoptan un niño menor de 18 años tienen derecho a licencia por adopción, que equivale a la licencia postnatal (12 semanas) y a la licencia parental postnatal (12 o 18 semanas), comenzando desde la fecha en que el niño es entregado por orden judicial.
- Se aplican las mismas reglas de subsidio y transferencia que para los padres biológicos.
- Licencia de Cuidado Infantil ("Permiso de Alimentación"):
- Las madres tienen derecho a dos horas diarias para alimentar a su hijo hasta que alcance los dos años de edad. Este tiempo puede tomarse de varias maneras (por ejemplo, una hora dos veces al día, dos horas seguidas, o llegando más tarde/saliendo antes) por acuerdo con el empleador. Este derecho también puede transferirse al padre.
Otros Tipos de Licencia
Más allá de las categorías principales, la legislación laboral chilena y la práctica común reconocen otros tipos de licencia para circunstancias específicas.
- Licencia por Fallecimiento ("Permiso por Fallecimiento"):
- Los empleados tienen derecho a 7 días calendario de licencia pagada en caso de fallecimiento de un hijo o cónyuge.
- Tienen derecho a 3 días calendario de licencia pagada en caso de fallecimiento de un padre o hermano.
- Licencia por Unión Civil ("Permiso por Acuerdo de Unión Civil"):
- Los empleados tienen derecho a 5 días hábiles de licencia pagada al contraer una unión civil.
- Licencia de Estudio:
- Aunque no es un derecho legal para todos los empleados, la licencia de estudio puede otorgarse en función de acuerdos colectivos, contratos individuales o políticas del empleador.
- Licencia Sabática:
- Similar a la licencia de estudio, la licencia sabática no es un derecho legal, pero puede ser ofrecida por los empleadores, especialmente en ámbitos académicos o de investigación, o negociada en convenios colectivos.
- Licencia Sindical ("Permiso Sindical"):
- Los líderes sindicales tienen derecho a un número determinado de horas de licencia pagada por semana o mes para desempeñar funciones sindicales, según lo estipulado por ley y acuerdos colectivos.
- Licencia por Servicio Militar o Testimonio como Testigo:
- Los empleados tienen derecho a tiempo libre pagado necesario para cumplir con deberes cívicos, como servir en un jurado o declarar en un tribunal.
Comprender e implementar correctamente estas diversas políticas de licencia es crucial para el cumplimiento y la gestión efectiva de la fuerza laboral en Chile.