Employment Cost Calculator for Guyana
Calculate your complete hiring costs for Guyana employees, including payroll taxes, social security contributions, employee benefits, and management fees. This salary calculator provides accurate employer cost estimates for informed hiring decisions.
Contribuciones fiscales del empleador
Tipo de impuesto | Tasa | Base |
---|---|---|
PAYE (Impuesto sobre la renta) | 28% / 40% | Renta gravable |
Seguro Nacional (NIS) - Cuota del empleador | 8.4% | Salario bruto del empleado, hasta GYD $280,000 mensuales |
Presentación de informes y cumplimiento
- PAYE y NIS mensuales: Remitir las contribuciones retenidas de PAYE y NIS antes del día 15 del mes siguiente.
- Declaraciones anuales de PAYE (Formulario 2): Presentar antes del 30 de abril del año siguiente, resumiendo la remuneración total y el PAYE deducido.
- Declaraciones anuales de NIS: Presentar antes del 31 de enero del año siguiente, detallando las contribuciones de los empleados.
En Guyana, las deducciones de impuestos de los empleados, conocidas como Pay As You Earn (PAYE), se calculan en función del ingreso bruto de un empleado y varias deducciones y asignaciones.
Umbral y tasas de impuestos
- Umbral de impuestos: El umbral de impuesto sobre la renta mensual es GYD 130,000, lo que significa que las ganancias hasta esta cantidad no están sujetas a impuestos. Anualmente, esto equivale a un ingreso libre de impuestos de GYD 1,560,000.
- Bandas y tasas de impuestos: Un sistema escalonado está en vigor desde el 1 de enero de 2025:
- Primera banda: Hasta GYD 260,000 mensuales (GYD 3,120,000 anuales) se grava al 25%.
- Segunda banda: Los ingresos que exceden GYD 260,000 mensuales (GYD 3,120,000 anuales) se gravan al 35%.
Asignaciones y deducciones
- Asignación personal: Se aplica una asignación personal anual de GYD 1,200,000. Esto se tiene en cuenta al determinar el ingreso gravable. Los contribuyentes pueden reclamar el mayor entre el umbral de GYD 1,560,000 o 1/3 de su ingreso imponible.
- Alivio por horas extras y segundo empleo: Los primeros GYD 50,000 ganados mensualmente por horas extras o un segundo empleo están exentos de impuestos.
- Deducción por hijos: Se dispone de una deducción mensual de GYD 10,000 por hijo. Solo un padre puede reclamar esta deducción por cada hijo.
- No hay deducciones por gastos de empleo disponibles contra los ingresos laborales.
Esquema de Seguro Nacional (NIS)
- Contribuciones del empleado y del empleador: Tanto los empleados como los empleadores contribuyen al NIS. Se aplican tasas específicas según los ingresos.
- Límite de ingresos: Las contribuciones se pagan hasta un límite de ingreso mensual y semanal especificado.
Procedimientos y plazos de PAYE
- Responsabilidad de los empleadores: Los empleadores son responsables de deducir el PAYE de los salarios de los empleados y remitirlo a la Guyana Revenue Authority (GRA).
- Fecha límite de remisión: Los impuestos retenidos deben ser remitidos antes del 14 del mes siguiente al pago del ingreso laboral.
- Declaraciones de impuestos anuales: Los empleados deben presentar sus declaraciones de impuestos anuales antes del 30 de abril del año siguiente.
Ejemplo
Aquí hay un ejemplo simplificado asumiendo valores mensuales. Este escenario no representa todos los casos individuales posibles y puede no incluir otros gastos deducibles.
Escenario: Un empleado gana un salario mensual de GYD 300,000, trabaja horas extras ganando GYD 60,000 adicionales y tiene un hijo.
Cálculo:
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Ingreso bruto: GYD 300,000 (salario) + GYD 60,000 (horas extras) = GYD 360,000
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Alivio por horas extras: Los primeros GYD 50,000 de horas extras están exentos de impuestos, por lo que GYD 10,000 son horas extras gravables.
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Ingreso gravable: GYD 300,000 (salario) + GYD 10,000 (horas extras gravables) - GYD 10,000 (deducción por hijo) = GYD 300,000
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Cálculo de impuestos: En este escenario y para demostrar las bandas de impuestos, supongamos que 1/3 del ingreso imponible es mayor que el umbral de GYD 130,000. Por lo tanto, los primeros GYD 100,000 serán libres de impuestos según 1/3 del ingreso imponible, y el resto (GYD 200,000) estará sujeto a impuestos. Los primeros GYD 260,000 estarían sujetos a la tasa del 25%, pero en nuestro escenario GYD 200,000 caen dentro de esta banda. Por lo tanto, GYD 200,000 x 25% = GYD 50,000 (impuesto a pagar por esta banda).
Esta información está actualizada a partir del 5 de febrero de 2025 y está sujeta a cambios. Siempre consulte con un profesional de impuestos para asesoramiento personalizado.