Las leyes laborales de Ecuador ofrecen un marco integral para los derechos de licencia de los empleados, asegurando que los trabajadores tengan tiempo adecuado de descanso, asuntos personales y responsabilidades familiares. Estas políticas están diseñadas para proteger el bienestar del empleado y promover un equilibrio saludable entre trabajo y vida personal, cubriendo desde vacaciones anuales hasta disposiciones específicas para licencia parental y por enfermedad. Comprender estas regulaciones es fundamental para los empleadores que operan en Ecuador para garantizar el cumplimiento y fomentar un ambiente laboral de apoyo.
El Código Laboral del país establece los requisitos mínimos para diversos tipos de licencia, a los cuales los empleadores deben adherirse. Aunque estas disposiciones legales establecen la base, algunas empresas pueden ofrecer beneficios adicionales a través de políticas internas o acuerdos colectivos de negociación, mejorando aún más el bienestar de los empleados.
Licencia Anual de Vacaciones
En Ecuador, los empleados tienen derecho a licencia anual pagada después de completar un año de servicio continuo con el mismo empleador. Esta licencia es un derecho inalienable y generalmente no puede ser compensada en lugar del tiempo libre.
- Derecho Mínimo: Los empleados tienen derecho a 15 días de licencia anual pagada después de un año de servicio. Esto generalmente incluye fines de semana, lo que equivale a aproximadamente 11 días hábiles.
- Derecho Incrementado por Antigüedad: Después de cinco años de empleo continuo con el mismo empleador, los empleados tienen derecho a un día adicional de licencia por cada año adicional de servicio. Esta licencia adicional puede acumularse hasta un máximo de 30 días.
- Pago: La licencia anual se paga por adelantado, en base al salario promedio del empleado.
- Acumulación: Los empleados pueden optar por acumular su licencia por hasta tres años consecutivos, tomándola en el cuarto año. En casos de trabajos técnicos o cargos de confianza donde la sustitución sea difícil, un empleador puede negar la licencia en un año para acumularla para el siguiente.
- Terminación: Si se termina el contrato de un empleado y no ha utilizado su licencia acumulada, tiene derecho a una compensación por la licencia no utilizada, proporcional a su tiempo de servicio.
Días Festivos y Observancias
Ecuador celebra varios días festivos nacionales a lo largo del año, que generalmente son días libres pagados para los empleados. Si un día festivo cae en fin de semana, generalmente se observa en el día hábil anterior o posterior. Si un empleado debe trabajar en un día festivo, normalmente se le compensa a una tarifa más alta, a menudo doble.
Aquí una lista de días festivos en Ecuador para 2025:
Fecha | Día | Nombre del Día Festivo | Tipo |
---|---|---|---|
1 de enero | Miércoles | Año Nuevo | Feriado Nacional |
3 de marzo | Lunes | Carnaval | Feriado Nacional |
4 de marzo | Martes | Carnaval | Feriado Nacional |
18 de abril | Viernes | Viernes Santo | Feriado Nacional |
1 de mayo | Jueves | Día del Trabajo / Primero de Mayo | Feriado Nacional |
2 de mayo | Viernes | Día de descanso por el Día del Trabajo / Primero de Mayo | Feriado Nacional |
23 de mayo | Viernes | Día de descanso por la Batalla de Pichincha | Feriado Nacional |
24 de mayo | Sábado | La Batalla de Pichincha | Feriado Nacional |
10 de agosto | Domingo | Día de la Independencia | Feriado Nacional |
11 de agosto | Lunes | Día de descanso por la Independencia | Feriado Nacional |
9 de octubre | Jueves | Independencia de Guayaquil | Feriado Nacional |
10 de octubre | Viernes | Día de descanso por la Independencia de Guayaquil | Feriado Nacional |
2 de noviembre | Domingo | Día de los Difuntos | Observancia |
3 de noviembre | Lunes | Independencia de Cuenca | Feriado Nacional |
4 de noviembre | Martes | Día de descanso por el Día de los Difuntos | Feriado Nacional |
25 de diciembre | Jueves | Navidad | Feriado Nacional |
Nota: Algunos feriados locales, como la Fundación de Quito (6 de diciembre), se observan regionalmente y pueden no aplicarse en todo el país.
Políticas y Pago por Licencia por Enfermedad
Los empleados en Ecuador tienen derecho a licencia por enfermedad en casos de enfermedad o lesión, siempre que cumplan ciertos requisitos de contribución al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
- Elegibilidad: Los empleados deben tener 180 días de contribución continua al IESS en los seis meses previos al inicio de la enfermedad, o 189 días en los ocho meses anteriores al inicio de la enfermedad.
- Duración y Pago:
- Los empleados tienen derecho a licencia por enfermedad de hasta dos meses (60 días).
- Para los primeros tres días de licencia por enfermedad, el empleador paga el 50% del salario del empleado.
- Desde el cuarto día en adelante, el IESS cubre el pago, generalmente a una tasa del 75% de la remuneración promedio de las últimas tres contribuciones durante los primeros 70 días, y 66% para el resto, hasta un máximo de seis meses.
- Certificado Médico: Todas las ausencias por enfermedad requieren un certificado médico profesional, que debe ser entregado al empleador en un plazo de 48 horas desde la fecha de inicio del período de enfermedad.
- Licencia adicional por enfermedad: En casos de enfermedad grave o cirugía, se puede conceder licencia adicional con documentación médica completa.
Licencia Parental
La ley ecuatoriana ofrece derechos amplios de licencia parental, incluyendo licencia por maternidad, paternidad y adopción, para apoyar a los nuevos padres.
Licencia por Maternidad
- Duración: Las empleadas tienen derecho a 12 semanas (84 días) de licencia por maternidad pagada. Este período generalmente se distribuye en dos semanas antes de la fecha estimada de parto y diez semanas después del nacimiento.
- Pago: Los pagos por maternidad son compartidos entre el sistema de Seguridad Social (IESS) y el empleador. El IESS cubre el 75% de la remuneración promedio del último trimestre, mientras que el empleador cubre el 25% restante.
- Múltiples nacimientos: Se otorgan 10 días adicionales de licencia para nacimientos múltiples.
- Niño con discapacidad/enfermedad grave: Si el niño nace con discapacidad o enfermedad congénita grave, la madre puede tener derecho a tres meses adicionales de licencia. Si el niño nace con discapacidad, se pueden otorgar 90 días adicionales.
- Reducción de horas laborales: Las nuevas madres tienen derecho a trabajar con horario reducido (seis horas en lugar de ocho) durante hasta nueve meses después de regresar al trabajo, para facilitar el cuidado infantil.
- Protección contra despido: Está prohibido despedir a empleadas embarazadas y a aquellas en licencia de maternidad, salvo por razones específicas como liquidación o discapacidad que impidan trabajar.
Licencia por Paternidad
- Duración: Los padres tienen derecho a 10 días de licencia por paternidad pagada por un nacimiento natural.
- Duración aumentada:
- 15 días por nacimientos múltiples o cesárea.
- 18 días si el bebé es prematuro.
- 23-25 días si el bebé es prematuro o tiene necesidades especiales, o nace con una enfermedad degenerativa, terminal, irreversible, o discapacidad severa (75% o más).
- Pago: La licencia por paternidad generalmente se paga en su totalidad por el empleador.
- Muerte de la madre: En caso desafortunado de fallecimiento de la madre durante el parto o mientras está en licencia de maternidad, el padre tiene derecho a hacerse cargo del resto de la licencia de maternidad de la madre, hasta 12 semanas.
Licencia por Adopción
- Duración: Los padres adoptivos tienen derecho a 15 días de licencia pagada desde la entrega legal del niño.
- Adopción de recién nacidos: Los empleados que adoptan niños recién nacidos tienen derecho a las mismas licencias pagadas y no pagadas que los padres biológicos.
Licencia Parental No Remunerada
- Después de la conclusión de la licencia pagada de maternidad, paternidad o adopción, los empleados tienen derecho a una licencia no remunerada de hasta nueve meses adicionales para cuidar a sus hijos durante el primer año de vida.
Otros Tipos de Licencia
La ley laboral ecuatoriana también reconoce otros tipos específicos de licencia para atender diversas necesidades del empleado.
- Licencia por duelo: Los empleados que sufren la pérdida de un familiar cercano (cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad) tienen derecho a 3 días de licencia por duelo pagada.
- Licencia por cuidado infantil/hospitalización: Los padres tienen derecho a 25 días de licencia si su hijo está hospitalizado o tiene una enfermedad degenerativa.
- Licencia por estudio (Licencia educativa): Los empleados que hayan trabajado más de cinco años en la misma empresa y obtengan una beca para estudios en el extranjero en áreas relacionadas con su actividad laboral pueden recibir una licencia de hasta un año, de los cuales seis meses son remunerados. Esto generalmente aplica a empleadores con 15 o más empleados, y el número de beneficiarios de becas no debe exceder el 2% de la fuerza laboral.
- Licencia militar: Cuando un empleado es llamado a participar en el Servicio Militar Obligatorio en las Fuerzas Armadas, tiene derecho a ausencia pagada. El empleador debe pagar una proporción del salario: 100% durante el primer mes, 50% en el segundo mes y 25% en el tercer mes.
- Licencia por votación: Los empleados tienen derecho al tiempo necesario para ejercer su derecho al voto. Se les puede solicitar que muestren prueba de haber votado, como una tarjeta de votación sellada.
- Licencia no remunerada: Aunque no es requerida por las leyes laborales, la licencia no remunerada por asuntos personales, vacaciones prolongadas o metas educativas puede negociarse entre el empleador y el empleado según las políticas de la empresa.
- Licencia sabática: Para empleados con más de cinco años de servicio que obtengan una beca para estudiar en el extranjero en áreas relacionadas con su profesión, se puede conceder una licencia de hasta un año, con seis meses remunerados.