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Impuestos en Ecuador

499 EURpor empleado/mes

Learn about tax regulations for employers and employees in Ecuador

Updated on April 25, 2025

Navegar por las complejidades de la tributación laboral es crucial para las empresas que operan en Ecuador. El sistema tributario del país, supervisado principalmente por el Servicio de Rentas Internas (SRI), implica diversas obligaciones para los empleadores y deducciones y requisitos de retención específicos para los empleados. Comprender estas regulaciones es esencial para el cumplimiento y una operación fluida de la nómina.

Los empleadores en Ecuador son responsables de contribuir al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) en nombre de sus empleados, además de retener el impuesto a la renta de los salarios de los empleados. Estas obligaciones se basan en tasas y umbrales establecidos, los cuales están sujetos a ajustes anuales. El cálculo correcto, la retención y el remanente oportuno de estos impuestos y contribuciones son obligatorios.

Obligaciones del Seguro Social del Empleador y del Impuesto a la Nómina

Los empleadores en Ecuador deben registrarse en el IESS y realizar contribuciones mensuales por cada empleado. Estas contribuciones cubren diversos beneficios, incluyendo seguro de salud, pensiones y desempleo. La contribución se divide entre el empleador y el empleado, siendo el empleador quien remite el monto total.

La obligación principal del empleador es la contribución al IESS. Las tasas se calculan en función del salario bruto del empleado.

Contribuyente Tasa de Contribución
Empleador 11.15%
Empleado 9.45%
Total 20.60%

No existen variaciones regionales significativas en estas tasas estándar de contribución al IESS en todo Ecuador. La base de cálculo generalmente es la remuneración total del empleado sujeta a contribuciones de seguridad social.

Requisitos de Retención del Impuesto a la Renta

Los empleadores están obligados a retener el impuesto a la renta (Impuesto a la Renta) de los salarios mensuales de sus empleados. Esta retención es un pago anticipado hacia la obligación fiscal anual del empleado. La cantidad a retener depende del ingreso anual proyectado del empleado y de sus deducciones y asignaciones personales elegibles.

El cálculo del impuesto a la renta se basa en una escala progresiva. Para 2025, se espera que las escalas y tasas de impuestos se ajusten en función de la Fracción Básica Desgravada. El impuesto anual se calcula aplicando la tasa marginal correspondiente a los ingresos que exceden la fracción básica dentro de cada tramo y sumando la cantidad de impuesto básico para ese tramo.

Mientras que los tramos exactos de 2025 serán publicados más cerca del fin de año, la estructura generalmente sigue este formato (utilizando valores ilustrativos basados en la estructura actual, los valores reales de 2025 serán diferentes):

Ingreso Imponible Anual (USD) Impuesto Básico (USD) Tasa Marginal de Impuesto
Hasta [Fracción 1] 0 0%
Desde [Fracción 1] hasta [Fracción 2] 0 [Tasa 1]%
Desde [Fracción 2] hasta [Fracción 3] [Impuesto Básico 1] [Tasa 2]%
Desde [Fracción 3] hasta [Fracción 4] [Impuesto Básico 2] [Tasa 3]%
... y así sucesivamente para tramos superiores ... ...

Los empleadores deben proyectar los ingresos anuales y las deducciones del empleado al inicio del año o cuando inicia el empleo para determinar el monto de la retención mensual. Esta proyección generalmente se realiza usando el Formulario 107.

Deducciones y Asignaciones Personales de los Empleados

Los empleados en Ecuador pueden reducir su ingreso gravable reclamando deducciones por ciertos gastos personales. Estas deducciones disminuyen la base sobre la cual se calcula el impuesto a la renta, reduciendo así la obligación fiscal anual y el monto de la retención mensual.

Los gastos personales elegibles generalmente se clasifican en categorías como:

  • Vivienda: Pagos de alquiler o intereses hipotecarios.
  • Salud: Gastos médicos, primas de seguros de salud.
  • Educación: Cuotas de matrícula, útiles escolares para el empleado y dependientes.
  • Alimentación: Gastos básicos de alimentación.
  • Vestimenta: Gastos básicos en ropa.

Existe un límite anual en el monto total de gastos personales que se pueden deducir. Este límite generalmente se expresa como un múltiplo de la Fracción Básica Desgravada. Los empleados deben proporcionar documentación de respaldo para estos gastos a su empleador (para la proyección anual) y conservarlos para posibles auditorías por parte del SRI.

Plazos para el Cumplimiento Fiscal y Reportes

Los empleadores en Ecuador tienen plazos específicos para reportar y remitir los impuestos de nómina y el impuesto a la renta retenido.

  • Contribuciones mensuales al IESS: Las fechas de vencimiento generalmente se basan en el RUC del empleador y caen en la primera mitad del mes siguiente al período de nómina.
  • Retención mensual del impuesto a la renta (Formulario 107): Los empleadores deben presentar una declaración mensual de retenciones y pagar los montos retenidos. La fecha límite también se basa en el RUC y cae en el mes siguiente al período de retención.
  • Proyección anual del impuesto a la renta (Formulario 107): Los empleadores deben recopilar las proyecciones del impuesto a la renta del empleado (Formulario 107) al inicio del año o del empleo. Un resumen anual de las retenciones (también en el Formulario 107) se entrega a los empleados antes del 31 de enero del año siguiente para su declaración personal.
  • Declaraciones informativas anuales: Los empleadores deben presentar varias declaraciones informativas anuales detallando la compensación, las retenciones y las contribuciones de los empleados.

Cumplir con estos plazos es fundamental para evitar sanciones e intereses.

Consideraciones fiscales especiales para trabajadores y empresas extranjeras

Los trabajadores y empresas extranjeras que operan en Ecuador pueden enfrentar consideraciones fiscales específicas.

  • Residencia fiscal: Las obligaciones fiscales de los trabajadores extranjeros dependen de su condición de residencia fiscal en Ecuador. Las personas que residan en Ecuador por más de 183 días dentro de un período de 12 meses generalmente se consideran residentes fiscales y tributan sobre sus ingresos mundiales. Los no residentes generalmente solo tributan sobre sus ingresos provenientes de Ecuador.
  • Tratados de doble imposición: Ecuador ha suscrito tratados de doble imposición con varios países. Estos tratados pueden afectar el tratamiento fiscal de los ingresos para residentes de esos países que trabajan en Ecuador, ofreciendo potencialmente alivio de la doble imposición.
  • Empresas extranjeras: Las empresas extranjeras que emplean trabajadores en Ecuador, incluso sin una sucursal registrada, pueden establecer una presencia fiscal (establecimiento permanente) dependiendo de la naturaleza y duración de sus actividades, lo que activa obligaciones fiscales locales. Utilizar un servicio de Employer of Record puede ayudar a las empresas extranjeras a gestionar estas complejidades y asegurar el cumplimiento sin necesidad de establecer una entidad local.
  • Requisitos específicos de visa: Algunos tipos de visa para trabajadores extranjeros pueden tener implicaciones fiscales o requisitos asociados.

Comprender estas particularidades es vital para que las entidades extranjeras y sus empleados aseguren el cumplimiento total de la ley tributaria ecuatoriana.

Martijn
Daan
Harvey

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