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Permiso en Costa Rica

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Understand employee leave entitlements and policies in Costa Rica

Updated on April 25, 2025

Gestionar las licencias de los empleados en Costa Rica requiere una comprensión clara de las leyes laborales del país, que estipulan derechos específicos para vacaciones, feriados públicos, licencias por enfermedad y varios otros tipos de ausencia. Los empleadores que operan en Costa Rica, ya sea a través de una entidad local o un Employer of Record, deben garantizar el cumplimiento de estas regulaciones para mantener prácticas laborales justas y evitar posibles problemas legales.

Estos marcos legales definen los beneficios mínimos a los que tienen derecho los empleados, asegurando que reciban un descanso adecuado, tiempo libre por enfermedad y apoyo durante eventos importantes en la vida. Cumplir con estas políticas es crucial para el cumplimiento operacional y para fomentar relaciones laborales positivas dentro de la fuerza laboral costarricense.

Licencia anual de vacaciones

Los empleados en Costa Rica tienen derecho legal a una licencia anual pagada. El derecho mínimo es de dos semanas de vacaciones pagadas por cada 50 semanas de trabajo continuo. Este acumulado se basa en la duración del servicio con el mismo empleador.

El tiempo de vacaciones generalmente se toma después de completar 50 semanas de servicio, pero empleadores y empleados pueden acordar arreglos diferentes, siempre que se cumpla con el derecho mínimo. La fecha de las vacaciones suele determinarse por acuerdo mutuo, considerando las necesidades tanto del empleado como del negocio.

Duración del servicio Derecho mínimo a vacaciones
Cada 50 semanas trabajadas 2 semanas (14 días calendario)

El pago por vacaciones se calcula en función del salario ordinario promedio que el empleado haya obtenido durante las 50 semanas previas al período de vacaciones.

Feriados públicos y observancias

Costa Rica observa varios feriados públicos obligatorios y pagados a lo largo del año. Los empleados generalmente tienen derecho a un día libre pagado en estas fechas. Si un empleado debe trabajar en un feriado público obligatorio, normalmente tiene derecho a el doble de pago por las horas trabajadas ese día.

Los siguientes son los feriados públicos obligatorios pagados en Costa Rica:

Fecha Feriado
1 de enero Año Nuevo
11 de abril Día de Juan Santamaría
1 de mayo Día Internacional de los Trabajadores (Día del Trabajo)
25 de julio Anexión de Nicoya
15 de agosto Día de la Madre
15 de septiembre Día de la Independencia
12 de octubre Día de las Culturas
25 de diciembre Navidad

Tenga en cuenta que Jueves Santo y Viernes Santo (las fechas varían anualmente según la Semana Santa) también son feriados públicos obligatorios pagados. Algunas otras fechas se observan como feriados, pero pueden no ser días libres pagados obligatorios a menos que se especifique en acuerdos colectivos o políticas del empleador.

Políticas y pago por licencia por enfermedad

Los empleados en Costa Rica tienen derecho a licencia por enfermedad cuando no pueden trabajar debido a enfermedad o lesión. Para ser elegible para licencia por enfermedad pagada, los empleados deben presentar un certificado médico emitido por un doctor registrado en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

El pago por licencia por enfermedad generalmente se comparte entre el empleador y la CCSS, dependiendo de la duración de la ausencia:

Duración de la ausencia Pagador(es) Tasa de pago (del salario ordinario)
Días 1-3 Empleador 50%
Día 4 en adelante CCSS (principalmente) y potencialmente el empleador La CCSS paga el 60%, el empleador el 40%

La CCSS es la principal proveedora de pago por enfermedad para ausencias prolongadas, cubriendo una parte significativa del salario del empleado, con frecuencia el empleador debe complementar esta cantidad hasta un cierto porcentaje del salario regular. La duración específica durante la cual la CCSS paga puede extenderse por varios meses, dependiendo de la condición médica.

Licencia parental

La ley laboral costarricense proporciona derechos específicos para la licencia parental, enfocándose principalmente en la licencia por maternidad, pero también incluyendo disposiciones para la licencia por paternidad y adopción.

Licencia por maternidad

Las empleadas embarazadas tienen derecho a licencia por maternidad pagada. La duración estándar es de cuatro meses (aproximadamente 120 días), divididos en un mes antes de la fecha prevista de parto y tres meses después del nacimiento.

El pago durante la licencia por maternidad se comparte entre el empleador y la CCSS:

Período Pagador(es) Tasa de pago (del salario ordinario)
1 mes antes del parto Empleador + CCSS 100% (dividido 50/50)
3 meses después del parto Empleador + CCSS 100% (dividido 50/50)

La empleada debe presentar un certificado médico que confirme el embarazo y la fecha prevista de parto para iniciar la licencia por maternidad.

Licencia por paternidad

Aunque no tan extensa como la licencia por maternidad, la ley costarricense concede a los padres un período corto de licencia pagada tras el nacimiento de un hijo. El derecho estándar es de dos días de licencia pagada.

Licencia por adopción

Similar a la licencia por maternidad, los empleados que adoptan un niño generalmente tienen derecho a licencia pagada. La duración y las condiciones son generalmente comparables a la licencia por maternidad, permitiendo que el padre adoptivo pase tiempo con el niño.

Otros tipos de licencia

Más allá de las categorías principales, la ley laboral costarricense y la práctica común reconocen otros tipos de licencia, aunque los derechos pueden variar o estar sujetos a la política del empleador o acuerdos colectivos.

  • Licencia por duelo: Aunque no está explícitamente mandatada por la ley para una duración específica, muchos empleadores conceden unos días de licencia pagada en caso de fallecimiento de un familiar cercano.
  • Licencia por estudio: La licencia por motivos educativos no es un derecho legal general para todos los empleados, pero puede otorgarse en función de regulaciones específicas de la industria, acuerdos colectivos o discreción del empleador, a veces sin pago.
  • Licencia sabática: La licencia sabática no es un derecho estatutario en Costa Rica. Puede ofrecerse por los empleadores como un beneficio, generalmente para empleados de larga data, y los términos (pagada o no, duración) los determina la política de la empresa.
  • Licencia por deber cívico: Los empleados generalmente tienen derecho a tiempo libre para cumplir con deberes cívicos obligatorios, como servir en un jurado o votar.

Los empleadores deben consultar las disposiciones específicas del Código de Trabajo y cualquier acuerdo colectivo aplicable para garantizar el cumplimiento total de todos los requisitos de licencia.

Martijn
Daan
Harvey

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