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Impuestos en Santa Lucía

499 EURpor empleado/mes

Learn about tax regulations for employers and employees in Santa Lucía

Updated on April 25, 2025

Navegar por las complejidades de la nómina y los impuestos laborales es una función crítica para cualquier negocio que opere en Saint Lucia. El sistema tributario del país requiere que los empleadores comprendan y cumplan con obligaciones específicas relacionadas con las contribuciones a la seguridad social y la retención del impuesto sobre la renta para sus empleados. Cumplir con estas regulaciones garantiza el cumplimiento legal y operaciones sin contratiempos.

Los empleadores en Saint Lucia son responsables de calcular, deducir y remitir varias contribuciones e impuestos en nombre de sus empleados. Esto incluye contribuciones a la National Insurance Corporation (NIC) y la retención del impuesto sobre la renta Pay As You Earn (PAYE). Entender las tasas, los umbrales y los requisitos de reporte es esencial para un procesamiento preciso de la nómina y presentaciones oportunas a las autoridades correspondientes.

Obligaciones fiscales del empleador

Los empleadores en Saint Lucia son principalmente responsables de contribuir a la National Insurance Corporation (NIC) en nombre de sus empleados. La NIC proporciona beneficios de seguridad social, incluyendo pensiones, beneficios por enfermedad y beneficios por lesiones. Tanto el empleador como el empleado contribuyen con un porcentaje de las ganancias asegurables del empleado.

Para el año 2025, se espera que las tasas de contribución a la NIC permanezcan consistentes con las tasas actuales. La contribución total es un porcentaje de las ganancias asegurables brutas mensuales del empleado, hasta un máximo de ganancias asegurables. La contribución total se divide entre el empleador y el empleado.

  • Tasa total de contribución a la NIC: 10.5% de las ganancias asegurables
  • Parte del empleador: 6.5%
  • Parte del empleado: 4.0%
  • Ganancias asegurables mensuales máximas: XCD 8,333.33 (Este umbral está sujeto a revisión y puede cambiar, pero se basa en cifras actuales para fines de planificación en 2025).

Los empleadores deben calcular la contribución total basada en las ganancias asegurables de cada empleado, deducir la parte del empleado de sus salarios y agregar la parte del empleador. La cantidad combinada se remite luego a la NIC.

Retención del impuesto sobre la renta (PAYE)

Los empleadores están obligados a operar el sistema Pay As You Earn (PAYE), deduciendo el impuesto sobre la renta de los salarios y sueldos de sus empleados en cada período de pago. La cantidad de impuesto a retener depende del ingreso gravable del empleado, que se calcula después de considerar las deducciones y asignaciones aplicables.

Las tasas del impuesto sobre la renta para individuos en Saint Lucia son progresivas. Para 2025, se anticipa que los tramos impositivos sean los siguientes:

Ingreso gravable anual (XCD) Tasa de impuesto (%)
0 - 20,000 10
20,001 - 30,000 15
30,001 - 50,000 20
50,001 en adelante 30

Los empleadores deben calcular el impuesto debido sobre los ingresos del empleado para el período de pago (semanal, quincenal, mensual) basado en estas tasas anuales, teniendo en cuenta el código fiscal del empleado que refleja sus asignaciones personales. El impuesto calculado se deduce y remite al Inland Revenue Department (IRD).

Deducciones y asignaciones fiscales del empleado

Los empleados en Saint Lucia tienen derecho a ciertas deducciones y asignaciones que reducen su ingreso gravable. Los empleadores deben considerar estas al calcular la cantidad correcta de PAYE a retener. La asignación principal es el alivio personal.

  • Alivio personal: XCD 20,000 por año. Esta cantidad se deduce del ingreso bruto del empleado antes de aplicar las tasas impositivas.

Otras deducciones y asignaciones potenciales pueden incluir contribuciones a esquemas de pensiones aprobados, ciertas primas de seguros y gastos educativos o médicos específicos, sujetos a límites y condiciones establecidas por el IRD. Los empleados generalmente proporcionan a su empleador un formulario TD1 o declaración similar para informarles de las asignaciones que desean reclamar, lo cual determina su código fiscal.

Cumplimiento fiscal y reporte

Los empleadores tienen obligaciones específicas de reporte y plazos para remitir las contribuciones retenidas de PAYE y NIC.

  • Presentaciones mensuales: Los empleadores deben presentar tanto las contribuciones de PAYE como las de NIC mensualmente. La fecha límite para la presentación y el pago suele ser el 15º día del mes siguiente al período de nómina. Los pagos tardíos pueden incurrir en multas e intereses.
  • Declaraciones anuales: Los empleadores también deben presentar declaraciones de conciliación anual para PAYE (formulario P7) y NIC (formulario P3). Estos formularios resumen las ganancias totales, deducciones y contribuciones de todos los empleados durante el año fiscal (1 de enero al 31 de diciembre). La fecha límite para presentar las declaraciones anuales suele ser a finales de febrero del año siguiente.

Mantener registros precisos de las ganancias, deducciones y contribuciones de los empleados es crucial para el cumplimiento y para completar correctamente los informes mensuales y anuales.

Consideraciones especiales para trabajadores y empresas extranjeras

Los trabajadores extranjeros empleados en Saint Lucia generalmente están sujetos a las mismas reglas de impuesto sobre la renta y NIC que los empleados locales si se consideran residentes a efectos fiscales. La residencia se determina típicamente por el número de días en el país (por ejemplo, más de 183 días en un año fiscal). Los empleados no residentes pueden estar sujetos a un tratamiento fiscal diferente, potencialmente incluyendo una retención de impuestos a tasa fija sobre sus ingresos de fuente en Saint Lucia, aunque los ingresos por empleo generalmente se gravan bajo el sistema PAYE estándar independientemente del estado de residencia si el trabajo se realiza en Saint Lucia.

Las empresas extranjeras que emplean personal en Saint Lucia, incluso si no tienen un establecimiento permanente, pueden aún estar obligadas a registrarse como empleador ante el IRD y NIC y cumplir con todas las obligaciones fiscales laborales locales, incluyendo la retención de PAYE y las contribuciones a la NIC. Esto es particularmente relevante para empresas que utilizan trabajadores remotos o asignan personal expatriado para trabajar en Saint Lucia. Entender las circunstancias específicas de la entidad extranjera y el estado del empleado es vital para garantizar un tratamiento fiscal correcto y el cumplimiento.

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