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Calculadora de Costos de Empleo en Nicaragua

¿Contratando en Nicaragua? Calcula instantáneamente tu costo total de empleo — impuestos, beneficios y más

Updated on July 27, 2025

Employment Cost Calculator for Nicaragua

Calculate the total cost of employing someone in Nicaragua, including taxes, benefits, and our management fee.

Contribuciones fiscales del empleador

Tipo de impuesto Tasa Base
INSS (Seguridad Social) 22.5% (estándar) Salario bruto del empleado
INATEC (Impuesto de Capacitación) 2% Nómina del empleador
Retención del Impuesto sobre la Renta Progresivo (0% - 30%) Ingreso gravable anual del empleado

Presentación de informes y cumplimiento

  • Las presentaciones y pagos mensuales de las contribuciones al INSS y la retención del impuesto sobre la renta generalmente deben realizarse dentro de los primeros días del mes siguiente, usualmente alrededor del 5 o 10.
  • Los empleadores deben presentar una declaración anual que resuma los salarios totales y los impuestos retenidos, generalmente antes de febrero o marzo.
  • Los empleadores son responsables de retener el impuesto sobre la renta del empleado a través de la nómina y presentar las declaraciones de impuestos mensuales.

En Nicaragua, los empleadores son responsables de retener y remitir varios impuestos en nombre de sus empleados.

Impuesto sobre la Renta de los Empleados (IR)

Los empleados en Nicaragua están sujetos a un impuesto progresivo sobre la renta basado en sus ganancias anuales. No se debe impuesto sobre ingresos anuales hasta C$100,000. Los ingresos por encima de ese umbral se gravan con tasas que van desde el 15% hasta el 30%. Los empleadores retienen este impuesto mensualmente en función del ingreso anual proyectado del empleado.

  • 0 - C$100,000: 0%
  • C$100,000.01 - C$200,000: 15%
  • C$200,000.01 - C$350,000: 20%
  • C$350,000.01 - C$500,000: 25%
  • Por encima de C$500,000.01: 30%

Impuesto de Seguridad Social de los Empleados (INSS)

Los empleados contribuyen con el 7% de su salario mensual al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS). Esta contribución cubre pensiones, atención médica y otros beneficios de seguridad social. El empleador retiene esta cantidad y la remite al INSS.

Otras Deducciones

Aunque no son estrictamente impuestos, los empleadores también suelen deducir lo siguiente:

  • Décimo Tercer Sueldo: Una doceava parte del salario anual del empleado se acumula cada mes y se paga como bono, generalmente en diciembre. Aunque se deduce mensualmente, no se remite al gobierno, sino que lo retiene el empleador.
  • Asignación de Vacaciones: Similar al décimo tercer sueldo, la asignación de vacaciones se acumula y se paga al empleado al tomar sus vacaciones.

Impuestos y Contribuciones del Empleador

Los empleadores en Nicaragua contribuyen al INSS con tasas que dependen del número de empleados.

  • Menos de 50 Empleados: 21.5% del salario bruto de cada empleado.

  • 50 o más Empleados: 22.5% del salario bruto de cada empleado.

Los empleadores también contribuyen al Instituto Nacional de Tecnología (INATEC) en función de los salarios de los empleados.

Presentación de Impuestos y Cumplimiento

Los empleadores son responsables de retener los impuestos de los empleados y las contribuciones a la seguridad social y remitirlo a las autoridades correspondientes. También deben presentar diversas declaraciones y declaraciones de impuestos, incluyendo declaraciones mensuales y anuales de impuestos sobre la nómina.

Responsabilidades de Presentación de Impuestos de los Empleados

En general, los empleados no están obligados a presentar declaraciones de impuestos anuales si sus ingresos provienen únicamente del empleo y el impuesto ha sido retenido correctamente. Sin embargo, un empleado debe presentar si tiene:

  • Más de dos empleadores y sus ingresos anuales totales superan C$100,000
  • Ha utilizado deducciones fiscales permitidas o está reclamando créditos fiscales

Consideraciones Importantes

  • Salario Mínimo: Nicaragua tiene salarios mínimos específicos por industria, y los empleadores deben garantizar el cumplimiento.
  • Horas Extras: La paga por horas extras está regulada, con tasas específicas para trabajo más allá de las horas estándar y en fines de semana o días festivos.

Esta información está actualizada a partir del 5 de febrero de 2025 y puede estar sujeta a cambios. Se recomienda consultar con un asesor fiscal local para obtener la información más actualizada y orientación personalizada.

Martijn
Daan
Harvey

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