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Impuestos en Jersey

499 EURpor empleado/mes

Learn about tax regulations for employers and employees in Jersey

Updated on April 27, 2025

Comprender el panorama fiscal en Jersey es crucial para las empresas que emplean personal en la isla. Jersey opera un sistema fiscal distinto, separado del Reino Unido, con reglas específicas que rigen tanto las obligaciones del empleador como las deducciones de los empleados. Navegar por estos requisitos garantiza el cumplimiento y operaciones de nómina fluidas para las empresas que operan localmente o se expanden a la jurisdicción.

Para el año fiscal 2025, los empleadores en Jersey son responsables de deducir el Income Tax Instalment Scheme (ITIS) de las ganancias de los empleados y de pagar las contribuciones de Class 1 Social Security por su fuerza laboral. Los empleados, a su vez, se benefician de varias asignaciones personales y pueden ser elegibles para deducciones fiscales específicas que reducen su ingreso gravable total. Mantenerse informado sobre las tasas, umbrales y plazos relevantes es esencial para ambas partes.

Obligaciones del Employer en Social Security y Impuestos sobre la Nómina

Los empleadores en Jersey están obligados a pagar contribuciones de Class 1 Social Security por sus empleados. Estas contribuciones se calculan en función de las ganancias brutas de un empleado hasta un cierto límite anual de ganancias. Tanto el empleador como el empleado contribuyen con un porcentaje de las ganancias del empleado.

Además de las contribuciones estándar de Class 1, también existe una contribución de Long-Term Care pagadera tanto por empleadores como por empleados sobre ganancias hasta el mismo límite anual.

Para el año fiscal 2025, se espera que las tasas de contribución de Class 1 y los límites de ganancias sigan una estructura similar a años anteriores, sujeto a revisión anual. Las tasas generalmente se aplican a las ganancias brutas, incluyendo la mayoría de los beneficios en especie.

Tipo de contribución Tasa del empleador Tasa del empleado
Social Security Class 1 % de ganancias % de ganancias
Long-Term Care % de ganancias % de ganancias

Nota: Las tasas porcentuales específicas y el límite de ganancias anual para 2025 están sujetas a confirmación oficial y generalmente se anuncian más cerca del inicio del año fiscal.

Los empleadores son responsables de calcular y deducir la parte de las contribuciones del empleado de su salario y de remitir tanto las contribuciones del empleador como las del empleado al Departamento de Seguridad Social mensualmente.

Requisitos de Retención del Impuesto sobre la Renta

Jersey opera el Income Tax Instalment Scheme (ITIS), que requiere que los empleadores deduzcan el impuesto sobre la renta directamente de las ganancias de sus empleados a lo largo del año. La cantidad de impuesto a deducir se determina mediante un código fiscal emitido por la Taxes Office para cada empleado. Este código refleja las asignaciones personales del empleado y cualquier otra reducción fiscal relevante.

Los empleadores reciben los códigos fiscales electrónicamente o mediante notificación oficial. Es obligatorio que los empleadores apliquen el código fiscal correcto para calcular la deducción mensual o semanal del impuesto. El cálculo implica aplicar el porcentaje del código fiscal del empleado a su salario bruto.

Los empleadores deben remitir las deducciones totales de ITIS recaudadas de todos los empleados a la Taxes Office mensualmente. La falta de deducir correctamente el impuesto o de remitir los pagos a tiempo puede resultar en sanciones.

Deducciones y Asignaciones del Impuesto para los Empleados

Los empleados en Jersey tienen derecho a varias asignaciones personales que reducen su ingreso gravable. Estas asignaciones se incluyen en el código fiscal de ITIS emitido por la Taxes Office. Las asignaciones comunes incluyen:

  • Asignación Personal: Una asignación básica para cada contribuyente individual.
  • Asignación para Pareja Casada: Una asignación adicional disponible para parejas casadas o socios civiles.
  • Asignación por Hijos: Una asignación para hijos dependientes.
  • Asignación por Cuidado Infantil: Para costos de cuidado infantil que califican.
  • Asignación por Parientes Dependientes: Para apoyar a ciertos parientes dependientes.
  • Asignación por Responsabilidades en el Hogar: Para padres solteros con hijos dependientes.

Los empleados también pueden ser elegibles para deducciones por gastos específicos, que pueden reducir aún más su ingreso gravable. Estos a menudo incluyen:

  • Contribuciones aprobadas a pensiones.
  • Intereses pagados en un préstamo utilizado para comprar una residencia principal (sujeto a límites).
  • Ciertos otros gastos específicos según lo definido por la ley fiscal.

Los empleados declaran sus ingresos y reclaman asignaciones y deducciones anualmente a través de su declaración de impuestos personal. La Taxes Office luego calcula su responsabilidad fiscal final y emite una evaluación fiscal, ajustando su código ITIS para el año siguiente si es necesario.

Cumplimiento Fiscal y Plazos de Presentación

Los empleadores en Jersey tienen varias obligaciones clave de cumplimiento y plazos de presentación a lo largo del año:

  • Pagos mensuales de ITIS y Seguridad Social: Tanto las deducciones de ITIS como las contribuciones de Seguridad Social deben pagarse a los departamentos respectivos antes de fechas específicas cada mes (generalmente alrededor del 15 del mes siguiente).
  • Declaración Anual del Empleador Electrónica (AER): Los empleadores deben presentar una declaración anual detallando las ganancias de los empleados, las deducciones de ITIS y las contribuciones de Seguridad Social del año calendario anterior. Esta declaración generalmente debe presentarse antes de finales de febrero de cada año.
  • Declaraciones de Impuestos de los Empleados: Los empleados están obligados a presentar sus declaraciones de impuestos personales anualmente, generalmente antes de finales de mayo tras el año fiscal.

Cumplir con estos plazos es fundamental para evitar sanciones y cargos por intereses. Los empleadores deben mantener registros precisos de nómina para respaldar sus presentaciones.

Consideraciones Fiscales Especiales para Trabajadores y Empresas Extranjeras

Los trabajadores y empresas extranjeras que operan en Jersey enfrentan consideraciones fiscales específicas, principalmente relacionadas con el estado de residencia.

  • Residencia: El estado fiscal de una persona (residente, residente habitual o no residente) impacta significativamente su responsabilidad fiscal en Jersey. La residencia se determina en función del número de días que pasa en la isla y otros factores de conexión. Los residentes generalmente tributan sobre sus ingresos mundiales, mientras que los no residentes suelen tributar solo sobre los ingresos obtenidos en Jersey.
  • Empleados No Residentes: Si un individuo no residente realiza funciones en Jersey, el empleador aún puede tener la obligación de operar ITIS y Seguridad Social sobre sus ganancias por el trabajo realizado en la isla, sujeto a reglas específicas y posibles acuerdos de doble imposición.
  • Empresas Extranjeras: Una empresa extranjera que emplea personal en Jersey puede establecer una presencia gravable (establecimiento permanente) dependiendo de la naturaleza y extensión de sus actividades. Esto puede activar obligaciones fiscales corporativas en Jersey. Sin embargo, para efectos de nómina, la obligación principal es cumplir con los requisitos de ITIS y Seguridad Social para los empleados que trabajan en la isla.
  • Acuerdos de Doble Imposición (DTA): Jersey tiene DTA con varios países. Estos acuerdos pueden ofrecer alivio de la doble imposición permitiendo que los ingresos gravados en un país se acrediten contra los impuestos adeudados en Jersey, o viceversa, o eximiendo ciertos ingresos de impuestos en una de las jurisdicciones. Las disposiciones de un DTA relevante deben considerarse al tratar con empleados o empresas de países con tratados.

Navegar por las implicaciones fiscales para trabajadores y empresas extranjeras requiere una consideración cuidadosa de las reglas de residencia y los acuerdos internacionales aplicables.

Martijn
Daan
Harvey

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