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Impuestos en Qatar

499 EURpor empleado/mes

Learn about tax regulations for employers and employees in Qatar

Updated on April 27, 2025

Qatar opera un sistema fiscal distinto en comparación con muchos otros países, notablemente caracterizado por la ausencia de impuesto sobre la renta personal para los individuos. Esto se aplica tanto a los ciudadanos qataríes como a los residentes expatriados que trabajan en el país. Las principales obligaciones fiscales relacionadas con el empleo recaen sobre el empleador, principalmente en lo que respecta a las contribuciones a la seguridad social para los empleados nacionales y consideraciones de impuesto corporativo.

Mientras que los empleados no están sujetos a impuesto sobre la renta en sus salarios y sueldos, los empleadores tienen responsabilidades específicas relacionadas con la seguridad social para su fuerza laboral qatarí y el cumplimiento de las regulaciones de impuesto corporativo que afectan a la entidad empresarial misma. Entender estas obligaciones es crucial para las empresas que operan o planean operar en Qatar para garantizar el cumplimiento total de las leyes locales.

Obligaciones del empleador en Seguridad Social y Impuesto sobre la Nómina

Los empleadores en Qatar están obligados a realizar contribuciones a la seguridad social por sus empleados nacionales qataríes. Estas contribuciones son mandatadas por la General Retirement and Social Insurance Authority (GRSIA). Los empleados expatriados generalmente no están sujetos a estas contribuciones bajo la ley qatarí, aunque pueden estar cubiertos por esquemas de seguridad social en sus países de origen dependiendo de acuerdos bilaterales.

Las contribuciones a la seguridad social se calculan en base al salario básico del empleado más ciertas asignaciones, hasta un máximo especificado de contribución. Tanto el empleador como el empleado contribuyen con un porcentaje de esta cantidad calculada.

Contribuyente Tasa de contribución
Empleador 14%
Empleado 7%

La tasa total de contribución es del 21%. El techo máximo de contribución está sujeto a revisión y ajuste periódico por parte de la GRSIA. Los empleadores son responsables de calcular, deducir la parte del empleado y remitir el monto total de la contribución (porciones del empleador y del empleado) a la GRSIA mensualmente.

No existe un impuesto sobre la nómina de base amplia separado que se aplique a los empleadores en Qatar más allá de estas contribuciones a la seguridad social para los nacionales qataríes.

Requisitos de Retención del Impuesto sobre la Renta

Qatar no impone un impuesto sobre la renta personal sobre los salarios, sueldos u otros ingresos por empleo recibidos por los individuos, ya sean nacionales qataríes o residentes extranjeros. En consecuencia, los empleadores no están obligados a retener impuesto sobre la renta de los salarios o sueldos de los empleados para su remisión a las autoridades fiscales.

El concepto de Pay As You Earn (PAYE) o sistemas similares de retención del impuesto sobre la renta en ingresos por empleo no existe en Qatar. El salario completo acordado entre el empleador y el empleado se paga al empleado sin ninguna deducción por impuesto sobre la renta personal.

Deducciones de Impuestos y Asignaciones para los Empleados

Dado la ausencia de impuesto sobre la renta personal en Qatar en relación con los ingresos por empleo, no existen deducciones fiscales específicas ni asignaciones que los empleados puedan reclamar contra su salario para fines fiscales. Los empleados reciben su salario bruto sin ninguna obligación de impuesto sobre la renta.

La única deducción que generalmente se realiza del salario de un empleado nacional qatarí relacionada con contribuciones gubernamentales es su parte de la contribución a la seguridad social (actualmente 7%), que es deducida por el empleador y pagada a la GRSIA. Esta es una contribución obligatoria, no una deducción fiscal en el sentido tradicional de reducir la renta gravable.

Cumplimiento Fiscal y Plazos de Reporte

Los empleadores en Qatar tienen varias obligaciones de cumplimiento relacionadas con la seguridad social y el impuesto corporativo.

  • Registro en Seguridad Social: Los empleadores deben registrarse en la GRSIA y inscribir a sus empleados nacionales qataríes elegibles.
  • Contribuciones mensuales: Los empleadores deben calcular y pagar las contribuciones totales a la seguridad social (porciones del empleador y del empleado) a la GRSIA antes del día 15 del mes siguiente al mes en que se pagaron los salarios. Los pagos atrasados pueden incurrir en penalizaciones.
  • Reportes: Los empleadores están obligados a presentar informes periódicos a la GRSIA detallando los salarios y contribuciones de los empleados.
  • Impuesto corporativo: Aunque no es un impuesto sobre la nómina, las empresas que operan como compañías están sujetas a impuesto corporativo sobre sus beneficios. La tasa estándar del impuesto corporativo es del 10% sobre la renta gravable procedente en Qatar. Las empresas deben registrarse en la General Tax Authority (GTA), mantener registros contables adecuados y presentar declaraciones de impuestos anuales. El año fiscal del impuesto corporativo generalmente sigue el calendario gregoriano, y las declaraciones deben presentarse dentro de los cuatro meses posteriores al cierre del año financiero.

El cumplimiento con estos plazos y requisitos de reporte es esencial para evitar penalizaciones y garantizar una operación legal en Qatar.

Consideraciones fiscales especiales para trabajadores y empresas extranjeras

Los trabajadores extranjeros que residen y trabajan en Qatar generalmente no están sujetos a impuesto sobre la renta personal qatarí sobre sus ingresos laborales obtenidos en Qatar. Esto es un factor importante que hace de Qatar un lugar atractivo para expatriados.

Para las empresas extranjeras que operan en Qatar, las implicaciones fiscales dependen de si tienen un establecimiento permanente (PE) en el país.

  • Empresas extranjeras con un PE: Si una empresa extranjera tiene un PE en Qatar (por ejemplo, una sucursal, oficina o sitio de construcción que exceda cierta duración), está sujeta a impuesto corporativo qatarí sobre las ganancias atribuibles a ese PE a la tasa estándar del 10%. Estas empresas deben cumplir con las mismas obligaciones de registro, declaración y pago del impuesto corporativo que las empresas nacionales.
  • Empresas extranjeras sin un PE: Las empresas extranjeras que brindan servicios a entidades qataríes sin crear un PE pueden estar sujetas a retención de impuestos sobre ciertos tipos de pagos recibidos de Qatar, como regalías, intereses, tarifas técnicas y tarifas de servicios. La tasa de retención de impuestos es generalmente del 5%. Sin embargo, este impuesto de retención se aplica al pago a la entidad extranjera, no a los salarios pagados por esa entidad extranjera a sus empleados que trabajan en Qatar (a menos que esos empleados estén empleados localmente por una entidad qatarí o un PE).

Los empleadores de trabajadores extranjeros deben asegurarse de cumplir con las leyes de inmigración, contratos laborales y cualquier posible requisito de seguridad social en el país de origen del empleado si corresponde bajo acuerdos internacionales, pero no tienen obligaciones de retención del impuesto sobre la renta qatarí para estos empleados.

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